Tiene que ver con todo lo relativo a la gestión de tu imagen por Internet. Deja claro en vida lo que quieres que aparezca o que no aparezca en la red. Eres tu el único que debe de decidir con respecto a la información relativa a tu persona. También cuando ya no estés en este mundo.
¿Quieres que lo gestione otra persona por ti? Nombra a un representante, que en caso necesario pueda tener acceso a tus contraseñas las que te interesen, y si hay alguna cosa que te interesa que sea única y exclusivamente privada, deja claro que quieres que se cancele cuando fallezcas. ¿Sabías que determinadas cuentas de fondos pueden llegar a desperdiciarse por no conocer los más allegados la existencia de las mismas? Escoge tú a quien quieres regalárselo. ¿Quieres aparecer en un memorándum virtual? Tu escoges. Si no lo haces tu, alguien lo hará por ti. Todo ello, también incluye lo relativo al famoso derecho al olvido. Hace referencia al derecho a impedir la difusión de información personal a través de internet cuando dicha publicación no cumple con los requisitos de adecuación y pertinencia previstos en la normativa.
Si no te pronuncias, no decides, y en definitiva, no podemos olvidar que se trata de un ámbito personal que va directamente ligado al derecho al honor, intimidad e imagen. Únicamente nosotros deberíamos decidir sobre ese extremo.
¿Crees que existe algún ámbito que debería incluirse en el legado interior?